La cobertura de fisioterapia en los seguros de salud incluye normalmente el tratamiento ambulatorio (sin ingreso hospitalario) para recuperar la movilidad del aparato locomotor hasta la recuperación funcional del paciente, siempre que esta pérdida de movilidad sea consecuencia de un accidente o una enfermedad que haya ocurrido después de la contratación del seguro. Para poder hacer uso de esta cobertura es necesaria siempre la prescripción escrita de un médico (traumatólogo, rehabilitador, reumatólogo, neurólogo).
Prácticamente todas las pólizas de salud cubren la fisioterapia y la rehabilitación, pero cada aseguradora tiene sus particularidades, así que, lo más conveniente es que el asegurado estudie detenidamente las coberturas del seguro de salud antes de contratarlo.
Determinados tipos de fisioterapia, como la fisioterapia de suelo pélvico, cardiaca o el drenaje linfático, está cubierto en algunas pólizas y excluido en otras. Algunas pólizas establecen un período de carencia en la cobertura de fisioterapia (habitualmente 6 meses). Hay aseguradoras (Aegon) que sí incluyen en alguna de sus pólizas la rehabilitación y fisioterapia dirigida al tratamiento de las lesiones agudas del aparato locomotor, la rehabilitación del suelo pélvico (exclusivamente para disfunciones producidas como consecuencia del embarazo y parto, cubiertos previamente por la Póliza) y la rehabilitación cardíaca (únicamente para recuperación inmediata en pacientes que hayan sufrido un infarto agudo de miocardio y/o cirugía cardíaca con circulación extracorpórea, cubiertos previamente por la Póliza). Pero es muy importante saber, que quedan excluidos los tratamientos de fisioterapia y rehabilitación cuando haya conseguido la recuperación funcional, o el máximo posible de ésta, o cuando se convierta enterapia de mantenimiento ocupacional, así como la rehabilitación neuropsicológica o estimulación cognitiva.
Te ofrecemos a continuación información sobre pólizas de las principales compañías aseguradoras que ofrecen dentro de su cobertura la fisioterapia (dentro de los límites de cobertura establecidos en la póliza).
Es importante destacar que los seguros de salud excluyen normalmente la fisioterapia que pueda ser necesaria en caso de lesiones neurológicas, procesos crónicos o degenerativos. Esta exclusión es especialmente importante ya que hay distintas enfermedades degenerativas que se benefician del tratamiento de fisioterapia.
Hay aseguradoras (FIATC, Mapfre, Asisa) que establecen un periodo de carencia (normalmente 6 meses), pero hay otras que no establecen carencia (AEGON, Sanitas).