La cobertura de farmacia en los seguros de salud privados, es una cobertura ofrecida normalmente de forma opcional, por la que se reembolsa al asegurado una parte del gasto que haga en medicinas. Entre los medicamentos habitualmente cubiertos están los relativos a las alergias, tratamientos de larga duración, medicamentos prescritos y vacunas, aunque algunas aseguradoras sólo cubren los medicamentos genéricos o excluyen determinadas patologías.
La póliza integral de DKV, por ejemplo, en los servicios de salud digital con la aplicación quiero cuidarme más, ofrece Mi Farmacia, que permite solicitar recetas electrónicas con medicina general, revisar los medicamentos del asegurado y entablar un chat en directo con profesionales farmacéuticos para resolver dudas. La receta médica electrónica permite al médico emitir prescripciones de medicamentos, y que el asegurado las reciba automáticamente en su carpeta de salud para ir directamente a la farmacia. Además, también está conectado con los productos y servicios del Club Salud y Bienestar relacionados con farmacia y parafarmacia para comprar de forma online.
El reembolso por fármacos oscila entre el 50% y el 80% del precio total con un límite anual fijado por las aseguradoras (típicamente entre 200 y 300 euros al año), una vez superado ese límite, la aseguradora no cubrirá más gastos por medicamentos.
Te ofrecemos a continuación información sobre pólizas de las principales Aseguradoras con cobertura de farmacia.
Los seguros de salud ofrecen cobertura de farmacia normalmente como cobertura opcional, y en algunos casos, tiene restricciones de edad, cubriendo sólo hasta los 65 o 75 años. Por otro lado, es también habitual que esta cobertura tenga que ser contratada por todos los miembros incluidos en el seguro de salud.
Sanitas por ejemplo, ofrece la cobertura de farmacia como un complemento de su póliza de salud, el asegurado podrá beneficiarse del reembolso del 50% de los gastos farmacéuticos, de un ahorro de hasta 200 € al año por cada uno de los asegurados y sin periodos de carencia. Las personas que quieran contratar el complemento de farmacia tienen que aceptar vatros requisitos: ha de ser contratada por todos los miembros que figuran en la póliza, con un reembolso del importe de aquellos medicamentos cuya comercialización esté autorizada y siempre que sean necesarios para el tratamiento de patologías sufridas por el asegurado que estén cubiertas por su póliza de asistencia sanitaria (se realizará en el porcentaje establecido y hasta el límite del capital asegurado una vez que el cliente aporte la receta prescrita por un médico y la factura de haber abonado el medicamento) y se puede contratar hasta los 75 años, sin edad máxima de permanencia.